7 may 2014

DE VIOLENCIA INSTITUCIONAL Y LOS CAMINOS AL BORDA....

Con una situación laboral de trabajo encubierto en el Ministerio de Salud de La Nación, en la Dirección Nacional de Salud Mental y Adicciones, dependiente de la Secretaría de Determinantes de la Salud desde julio del año 2010, facturando a la Universidad Nacional de San Martín, como es sabido, a fines de febrero, principios de marzo sufro una crisis muy profunda devorada por los fantasmas del desempleo y la situación de calle, la vuelta a vivir en hoteles y comprender cabalmente que no soy hija de la mujer que me ha criado. Esto se da en el marco de estar sin contrato laboral firmado y con incertidumbre sobre el contrato de alquiler vencido en febrero, sin firmar aún por razones ajenas a mi persona. Indicado en ese momento acompañamiento terapéutico por 6 horas diarias los siete días de la semana (en cumplimiento con la Ley 26.657)por el médico tratante en Htal Gral. CABA. Encontrándome sin contrato de trabajo firmado, presento en PAMI, obra social de la que soy beneficiaria como hija discapacitada, la indicación médica y recibo una negativa verbal - que no responderá a la prestación solicitada por contar con dos Obras Sociales, dada la obligación contraída al firmar en desacuerdo el contrato mencionado, por imperiosa necesidad de trabajo, de inscribirme en el Monotributo. Eso hace que comience a deambular haciendo denuncias en detrimento de mi salud emocional, espiritual y física. Por indicación de la Consejería de la Dirección Nacional de Salud Mental, abogado compañero mío, concurro a la Superintendencia de Salud a tramitar, desconcertada, la posibilidad de contar con dos obras sociales por Multiempleo. Al plantear esto la empleada que me atiende dice que no corresponde y que hay que hacer respetar la Ley de Discapacidad 26.378 comenzando el reclamo nro. 59.867 y se me mantiene informada desde el área discapacidad. Allí también se me informa que de la pensión cobrada por mi madre, el 50%me corresponde. Informo de mi situación a la Defensoría del Pueblo de La Nación, Defensoría del Pueblo de la Ciudad. Esta última me informa lo siguiente: “no puede estar afiliado a dos obras sociales, por lo que de estar en OSECAC deberá darse de baja y afiliarse a PAMI, Defensoría del Pueblo de la C.A.B.A.,Area de Tercera Edad,ES/FAB” Una empleada superior de la T.S de PAMI 8 que me asiste, sugiere que renuncie al empleo. El médico psiquiatra sugiere inicie recurso de amparo solicitando la cobertura de la prestación a PAMI. La Dirección Nacional de Salud Mental y Adicciones me indica que PAMI presta el servicio sin iniciar recurso de amparo. La Superintendencia de Salud notifica que hasta el 8 de mayo PAMI tiene tiempo de expedirse. En el día de ayer, 6 de mayo, recibo una citación del T.S. de PAMI a la que concurro hoy a las 12.30 con Gerente de Empresa De Acompañamiento Terapéutico REDAT, Lic. Guillermo Bertoni a los efectos de presentar nuevamente plan de trabajo y presupuesto.
En la reunión se me informa haber sido dada de baja de PAMI el día 6 de mayo. Desde el lugar de la reunión me comunico para informar de la situación a la SSSALUD y la Lic. Yanina Rodríguez me indica ir a AFIP, dar de baja OSECAC y enviarle por fax todo lo tramitado. Acompañada por el Lic. Bertoni concurro a la Agencia AFIP DE Rivadavia y Larrea y empleado “Antonio” manifiesta que no es posible: 1) realizar el cambio de Obra Social, que eso lo hace la Obra Social que yo elija. 2) Que no puedo elegir PAMI. Abrumada concurro sola a la SSSALUD y allí me dicen que aparentemente no estoy cobrando el 50% de la pensión que cobra Elba Rodríguez por la muerte de su esposo Francisco López, que solamente en el caso de cobrar ese 50% que me corresponde, tengo derecho a continuar como beneficiaria de PAMI. Al momento de hacer los trámites en ANSES a mi no se me informó del derecho al 50% de la pensión habiendo recibido muy buen trato de las/los empleados que manifestaban bienestar por la presencia de Amado Boudou. En este momento la indicación que tengo es esperar información de la SSSALUD respecto al 50% de la pensión que no estoy cobrando y destinaría a pago parcial y retroactivo de la residencia geriátrica en la que se aloja Elba Rodríguez y me beneficiaría con la continuidad de prestación de la OBRA SOCIAL PAMI, QUE A LA FECHA NO RESPONDIÓ A SSSALUD Y DONDE SSSALUD NO PUEDE YA RECLAMAR PORQUE LEGALMENTE ME ENCUENTRO EN UNA ENCERRONA TRÁGICA. A LA ESPERA DE UNA VOZ QUE SE ELEVE A MI FAVOR, EN RESPETO A LOS DERECHOS HUMANOS QUE ME ESTÁN AVASALLANDO, PARA NO SER OBLIGADA A INICIAR ACCIONES JUDICIALES POR ABANDONO DE PERSONA, CONSIDERANDO QUE TENGO INDICACIÓN DE NO ESTAR SOLA EN LA CALLE, NI EN MI CASA MUCHAS HORAS… APOYÁNDOME SOLA EN EL ARTÍCULO 12 DE LA CONVENCIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD... HUMILDEMENTE PIDO AYUDA. LUCILA LÓPEZ D.N.I. 10.868.095 AV. DIRECTORIO 783, PISO 2 “C” 1424 – C.A.B.A 4925-8268 15-5909-7133 A DISPOSICIÓN TODA LA DOCUMENTACIÓN QUE ACREDITA MIS DICHOS E INDICACIONES MÉDICAS.

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